Si te certificas en una institución de FEPREMI:
Deberás presentar el formulario de certificación de SEMI
1.Comunica en tu lugar de trabajo la imposibilidad de cumplir con tus funciones, el primer día de enfermedad y certifícate dentro de las 24 horas hábiles. Los certificados médicos no deben extenderse por períodos mayores a los 30 días.
2.La institución empleadora deberá enviar a SEMI copia del formulario de certificación que emite el médico tratante (vía blanca /1), dentro de las 72 horas hábiles de su emisión.
3.El formulario deberá estar completo en todos los campos y contar con tu firma completa y la del médico certificador.
No completar todos los campos puede producir el rechazo o la demora de la aprobación y la liquidación del subsidio.
Si te certificas en una institución NO perteneciente a FEPREMI o te atiendes en una mutualista o emergencia de la capital:
Deberás presentar el formulario de certificación de BPS con el sello de la institución.
1.Comunica en tu lugar de trabajo la imposibilidad de cumplir con tus funciones, el primer día de enfermedad, y certifícate dentro de las 24 horas hábiles. Los certificados médicos no deben extenderse por períodos mayores a los 30 días.
2.Deberás hacer llegar el certificado a la institución empleadora de FEPREMI, dentro de las 72 horas hábiles de su emisión.
3.La institución empleadora deberá enviar a SEMI copia del formulario de certificación que emite el médico tratante (vía blanca), dentro de las mismas 72 horas hábiles de su emisión.
4.El formulario deberá estar completo en todos los campos y contar con tu firma completa y la del médico certificador. No completar todos los campos puede producir el rechazo o la demora de la aprobación y la liquidación del subsidio.
Colegas Embarazadas:
En el caso de colegas embarazadas que contrajeran una enfermedad, con la primera certificación médica deberá enviarse fotocopia del SIP.
Toda embarazada que solicite un subsidio por enfermedad con motivo de una patología vinculada con su gravidez deberá acompañar la solicitud, con un informe ampliatorio del médico ginecólogo tratante, el que deberá llegar a SEMI dentro de los quince días posteriores al acto de certificación.
En el caso que una colega embarazada presente una soliciud de subsidio por enfermedad por una patología vinculada con el embarazo, que quede total o parcialmente comprendida dentro del período de 42 días previos a la fecha probable de parto, optando por no comenzar su licencia por maternidad, el subsidio por dichos días se abonará por SEMI sólo con el crédito que tenga la colega en el Fondo de Prevención de Riesgos. Para ello deberá presentar además el siguiente formulario.
En caso de que la colega no tenga crédito suficiente para cubrir todo o parte del subsidio, no regirá el subsidio.