COVID-19 - CERTIFICACIONES PARA SEMI

Actualización.

Las revisiones de los procedimientos y de los protocolos dictados por la autoridad sanitaria y el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 48/021, de 2 de febrero de 2021, que incorpora al PIAS el Test de Antígenos para Sars-CoV2 (TR)  hacen necesario actualizar los procesos para la presentación ante SEMI de las certificaciones médicas en caso de aislamiento por COVID-19 o cuarentena preventiva.

 

1. El médico debe solicitar al prestador de salud el certificado médico correspondiente. El plazo para su presentación en SEMI es de 72 horas hábiles. No se admiten certificaciones retroactivas.

 

2. El certificado se debe enviar a la institución empleadora y a SEMI a través de la casilla semi@semi.com.uy. En todos los casos se deberá remitir el PCR o el TR; en este último caso cuando se trata de paciente sintomático o conviviente en el mismo domicilio con Covid positivo.

 

 

 En caso de haberse realizado el PCR, se debe adjuntar el resultado del laboratorio que lo realizó.


Si se realizó TR se admitirá cualquiera de los tres tipos de notificaciones exigidas por el MSP al Prestador:

 a) A través del sistema de Notificaciones. Realización del test reflejada en la historia clínica electrónica.

b) A través de los Conjuntos Mínimos de Datos enviados a salud.uy.

c) A través del CDA nivel 3 de laboratorio correspondiente a Covid 19.

 

 Si alguna de las tres vías elegidas no estuviere funcionando, también se admitirá:

d) la notificación que se envía a la dirección http://ReporteTestCovid.msp.gub.uy o

e) un documento emitido por la IAMC con la firma de la DT de la que surja la fecha de realización del TR y su resultado.


3. El formulario de certificación deberá estar completo en todos los campos  y contar con las firmas del médico certificador. Excepcionalmente para COVID 19, el certificado puede enviarse sin firma del médico beneficiario.

 

4. De acuerdo con los protocolos de la DIGESA, SEMI no cubre subsidios por enfermedad por contactos indirectos (contacto de contacto). En el caso que sea la institución empleadora la que indique al médico que se aísle, SEMI permitirá que aquellas personas certificadas por contactos con sospechosos de COVID +, puedan ser subsidiados hasta un plazo máximo de siete días, computándose los tres primeros con cargo a su crédito en el FPR y los cuatro días siguientes con cargo a fondos solidarios. A tal fin, el médico deberá adjuntar con el certificado, su autorización para acceder al FPR, además de una nota de Dirección Técnica ratificando el aislamiento.

 

 


             MÉDICOS MAYORES DE 65 AÑOS.

Los médicos de 65 años o más que se aíslen por ser población de riesgo, y que no efectúen teletrabajo, deberán indicar su edad en el certificado. A su vez, la institución empleadora deberá remitir a SEMI la nómina comunicada al BPS (según el Artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 12/021) de aquellos médicos que se acogen al beneficio. Este complemento se financiará con el crédito que el médico tenga en el FPR.

 


 

             COLEGAS EMBARAZADAS

             En el caso de las colegas embarazadas, se aplicará lo establecido en las recomendaciones del MSP: “Las mujeres embarazadas que participen de los equipos de salud con mayor exposición al virus (personal de servicios de emergencia, atención domiciliaria y área de internación de usuarios con infección por COVID-19) deberán solicitar una adecuación de las condiciones laborales de forma de continuar tareas en sectores de menor exposición y extremando las medidas de prevención indicadas.”

 

 

Consejo Directivo.

 

 

12 de febrero de 2021.

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